Por: Rita Mitre
¡SE SANCIONA LA LEY DE MORATORIA!
Les resumimos lo más importante del proyecto de Ley 287 aprobado el 18 de junio de 2020, y sancionada por el presidente Laurentino Cortizo mediante la Ley 156 el 30 de junio de 2020 y que tendrá efectos retroactivos hasta el 1 de marzo de 2020 en nuestra sección de #BlogLegalParaNoAbogados:
Art. 1: Estos beneficios aplican a quienes se les ha suspendido o cesado su contrato laboral, trabajadores independientes y comerciantes que se hayan visto afectados por Covid-19; no aplican a quienes continúan recibiendo un salario fijo o ingreso regular producto de su actividad.
Art. 2: Incluyen bancos, financieras y cooperativas con créditos de consumo en general (Préstamos personales, hipotecarios, de auto, tarjetas de crédito, préstamos comerciales) siendo suficiente para acreditar una declaración jurada en papel simple o ante Notario Público que hagan constar la afectación de sus ingresos, (Aquí, me gustaría aclarar que ya los bancos han implementado sus solicitudes de "alivio financiero o Moratoria" a través de sus páginas web, incluyendo las declaraciones juradas, de no tenerlo ya saben que pueden ser una de las 2 opciones indicadas) o carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de jornada de trabajo para empleados del sector público o privado.
Art. 3: Se deben establecer, de común acuerdo con el deudor cliente, los mecanismos para retomar, refinanciar o prorratear sus obligaciones sin el cobro de gastos administrativos, recargos o mora, ni afectación en su referencia de crédito.
Art. 5: La ASEP deberá adoptar medidas con los consumidores para otorgar una moratoria de 90 días prorrogables, una vez levantada la emergencia Nacional serán diluidos por el término de dos años sin que esto genere mora y no se podrán hacer cortes.
Art. 6: No se podrán efectuar cobros, aumentar las tasas de interés aplicada, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo sobre todos los créditos desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020. Esto aplicara a todos los trabajadores a quienes se les haya reducido su jornada laboral con disminución de salario, suspendido o cesado su contrato laboral producto de Covid-19.
Art.7: No se verán afectados los historiales de créditos de los consumidores hasta 60 días después de que se levante la emergencia sanitaria nacional.
¡Y MI APC!
En estos tiempos, una muy buena pregunta es: ¿Y mi historial de crédito o score cómo queda? de acuerdo con la reciente ley 156 en el artículo 7 durante la emergencia nacional no se verán afectados los historiales de crédito y hasta 2 meses después de levantada.
Sabemos que APC Intelidat, es una plataforma que tiene información valiosa, como el historial de crédito, estado de nuestros pagos, saldos de tarjetas de crédito, préstamos, hipotecas y servicios. Esta herramienta es actualizada mensualmente por agentes económicos que reportan compromisos de pago a través de nuestras referencias: bancos, universidades, financieras, servicios públicos como el teléfono e Internet entre otros.
Es importante tener claro que a muchas personas se han visto afectados sus ingresos y recurrido a los planes de alivio financiero ofrecidos por los distintos agentes económicos, surgió la consulta sobre cómo se realiza el cálculo del Score o puntaje de crédito para quienes se han acogido a algún tipo de moratoria o modificación en sus condiciones de pago, y los que han mantenido sus pagos al día.
Sobre esto, APC Intelidat informo lo siguiente textualmente:
- El Score o puntaje de crédito se genera a través de una fórmula estadística matemática, que toma en cuenta múltiples variables y utiliza información histórica de la base de datos provista por el Sistema de Referencias de Crédito de APC correspondiente a los últimos 12 meses, para lo cual se emplean estándares mundialmente aprobados en la modelación de scores, ajustados a las mejores prácticas y la realidad del mercado panameño.
- El Score no depende únicamente de la variable de mora, sino también de características como: monto del endeudamiento, actividad en las referencias, productos activos o cancelados, tipos de crédito, diversidad de créditos, porcentaje de consumo de límites, antigüedad de la deuda, periodo de pago, entre muchos otros relacionados con cada consumidor. Por lo anterior, es de esperar algún tipo de variación en el Score, incluso manteniendo la mora congelada al mes de febrero 2020, puesto que no es la única variable que maneja la fórmula para arrojar el puntaje.
- Cada agente económico es responsable por la información que suministra sobre sus clientes o consumidores finales.
Recomendaciones:
- Cualquier arreglo de pago o aplicación a la Ley de moratoria con un agente económico (financiero) debe contar por escrito o que conste la aplicación a través de sus paginas web, no constituyas nada verbal.
- APC Intelidat está dando la afiliación gratis por un año a clientes nuevos los meses de junio, julio y agosto, con esto podrás tener en tu celular la aplicación (app) y verificar las veces que quieras tus referencias y score; para los clientes existentes 3 meses gratis al finalizar su anualidad. (cuesta $12.99 anual)
- Cualquier reclamo que tengas en tu APC Intelidat comunica a tu agente económico; de no obtener respuesta en tiempo oportuno presenta la denuncia por infracciones a la Ley 24 de 2002 y sus reformas, vía web a través de la plataforma de ACODECO (www.acodeco.gob.pa), sección “Trámites en Línea”.
Cualquier consulta no duden en comunicarse al correo electrónico: [email protected] casis abogados servicios legales