Regulaciones |¡Aspectos legales de un giveways en redes sociales!

7 de septiembre de 2020
Nestor

Por: Rita D. Mitre 

“Es momento de un Giveaways, dale «me gusta» a nuestro post, etiqueta 3 amigos y el ganador se escogerá por sorteo el 25 de agosto a las 6 de la tarde”

Creo que todos ya hemos leído o escuchado a influencers, emprendores y negocios realizar a través de la plataforma de Instagram los famosos “giveaways” para atraer más audiencia o seguidores y regalar por sorteo uno o más premios, incluso, debemos hablar con la verdad, hasta hemos participado.

Ha sido un tema muy controversial las últimas semanas; pero, la pregunta real es ¿pueden ser regulados los giveways?, mi emprendimiento es pequeño: ¿Cómo me va a multar la JCJ? y sí, efectivamente los giveaways pueden ser considerados promociones comerciales y que, si bien es cierto en Panamá no hay una legislación actual o un marco legal en materia de plataformas digitales como Instagram & Facebook y demás redes sociales, debemos estar listos porque los agentes reguladores se están preparando para lo que viene y ya se están comunicando vía email advirtiendo sobre imponer sanciones, incluso hasta multando negocios por realizar sorteos mediante giveaways sin la autorización de la Junta de Control de Juegos. No debemos confundir un giveaways con una apuesta, o que voy a una fiesta y regalo 10 bolsas de comida, o también, que regalo los productos que vendo, ni mucho menos con una donación, en este caso hablamos de una promoción comercial que se da a través de un comercio o persona natural, ya sea físico, digital, que vende productos o servicios, formal o informal que incluye el sorteo o azar para elegir un ganador por cualquier medio.

Actualmente, es la Junta de Control de Juegos, bajo la dependencia del Ministerio de economía y finanzas la encargada de representar al estado y es quien asume la explotación de los juegos y azar y las actividades que originen apuestas en beneficio de este; teniendo como misión garantizar la igualdad de oportunidades del público al participar en una actividad como esta.

Existe la Ley 2 del 10 de febrero de 1998 que establece un marco regulatorio como tal, se le asignan funciones y se establece que los juegos de suerte y azar deberán estar autorizados, reglamentados y supervisados por esta ley, incluyendo los que se celebren en el exterior, por medios electrónicos o comunicación a distancia (artículo 5) y la resolución 59 del 26 de julio de 1999 que aprueba el reglamento para las rifas, tómbolas, promociones comerciales y otros juegos al azar, hace ya 22 y 21 años respectivamente.

Hay que tener muy claro los conceptos y es importante tener la definición mediante ley de que es un juego de suerte y azar:

Son todos aquellos en los que el resultado adverso o favorable del juego no depende principalmente del talento o la habilidad del jugador,incluyendo cualquier juego efectuado con cartas, dados, con cualquier dispositivo, máquina mecánica, electromecánica o electrónica, para ganar dinero u otro artículo de valor; entiéndase por juego también, las máquinas tragamonedas "Tipo A", así como los juegos conocidos como "ruleta", "Keno", "fan-tan", "veintiuno", "black jack", "craps", "chuck-a-luc" ( dai-shu), "rueda de la fortuna", "chemin de fer", ¨"bacará", "palgow", "panguini", "poker", entre otros.

Entre estos juegos se incluye pero no se limita a: clubes de mercancía, clubes de viajes, salas de bingo, máquinas tipo "C", rifas de propaganda, Rifa de Especulación, Rifa Promocional, Salas de juego, Tómbolas, Tómbolas promocionales, Hipódromos, Agencias de apuestas, Promociones Comerciales que impliquen la realización de una actividad de suerte y azar o que originen apuestas, juegos de pinta, Choclo, Alto y Bajo, Argollas, Ruletas, y cualquier otro juego de suerte y azar o actividad que origine apuestas que determine la Junta de Control de Juegos.

Continuando con la resolución 59, en su artículo 21 que establece que toda persona o institución que desee realizar una promoción comercial en la República de Panamá, en la cual los participantes dependan de la suerte o el azar para adquirir los premios ofrecidos deberá ser autorizada por la Junta de Control de Juegos.

Se entenderá incluidas las promociones comerciales de cange o premios instantáneos, cuando los participantes dependan de la suerte para hacerse acreedores a los premios ofrecidos y las promociones comerciales en donde se determina el ganador con el sorteo de la Lotería Nacional de Beneficencia. En este último caso, de no resultar uno o varios ganadores de los premios ofrecidos en la promoción, estos deberán donarse, de común acuerdo con la JCJ, a una entidad sin fines de lucro.

Debemos tener claro que le Corresponde a la JCJ determinar cada caso en particular, si el determinado juego es de suerte y al azar o si determinada actividad origina apuestas. (Art. 4 Ley 2). Se regulan por la resolución 59 del 26 de julio de 1999 y la entrega de la documentación se debe presentar en la JCJ 30 días hábiles antes (contáctanos al correo [email protected] si deseas solicitar tu autorización por JCJ para una promoción comercial o tómbola menor).

Infracciones: si existen, aparte de que se pueden comunicar contigo para indicarte que tu promoción, giveaway o tómbola no cuenta con la debida autorización, te pueden multar por un monto mínimo de mil hasta 50 mil dólares y si es reincidente hasta 100 mil.

A continuación, les dejo unos tips legales para realizar tus concursos o giveways con una nueva mecánica:

  • Concurso: se refiere a una competición o prueba para conseguir un premio.
  • Establece claramente los parámetros del concurso: dar like, comentar en la foto, si utilizaran hashtag y con qué cuentas te estas asociando ya que deben tener el mismo parámetro. 
  • Sé claro con la fecha, día, hora y la dinámica de como escogerás al ganador. 
  • La más importante de todas: que no involucre el azar o la suerte para hacerse acreedor a los premios; las personas, tus clientes o futuros clientes y participantes deben involucrar su habilidad o talento para participar y ganar
  • Detalla las restricciones de tu premio, quienes no pueden participar: ejemplo cuentas públicas, mascotas, artistas o menores de edad. 
  • Si hay Bonus o puntos adicionales. 
  • Explica cómo vas a escoger al ganador; si en tal caso te vas a apoyar en terceros o en un Jurado calificado para elegir el comentario más creativo, debes dejar claro y detallar que puntos vas a tomar en cuenta de lo contrario agrega: el comentario que tiene más likes etc.
  • Comunica al ganador en un post. 
  • Disclaimer de relevo de responsabilidad de las plataformas como Instagram, facebook; incluso Youtube quien las cambio recientemente y debes dejar claro que ellas no administran ni brindan su apoyo en tu promoción, es decir relevando explícitamente de cualquier responsabilidad. 

Cualquier consulta, no dudes en comunicarte al correo [email protected] y síguenos @casisabogados 

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